Entrada en vigor algunas fracciones Acuerdo SADER

Image

En seguimiento a la publicación del “Acuerdo que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como la emisión del certificado de origen para la exportación de café.” publicado en el DOF el pasado 26 de diciembre de 2020, les recordamos que el día de hoy entro en vigor el articulo Artículo Primero Transitorio, incisos a) y b): 

  1. a) Para las fracciones arancelarias 0805.40.01, 1212.99.99, 1903.00.01, 2833.21.01, 3002.14.01, 3003.20.99, 3004.10.99, 3004.20.99, 3004.50.99, 3004.90.99, 3923.29.03, 3926.90.99, 4421.99.99, 8434.10.01, 8436.80.04, 9018.12.01, 9018.31.01, 9018.31.99, 9018.90.99, 9022.14.02, 9507.90.99, el Acuerdo entrará en vigor el 18 de enero de 2021 cuando:
  2. Se hayan adicionado al Anexo I del presente Acuerdo, o
  3. No hayan estado reguladas en los mismos términos que se establecen en los incisos del Anexo I del presente Acuerdo.
  4. b) Para las mercancías que han sido adicionadas en las fracciones arancelarias 0103.91.99, 0103.92.99, 0302.59.99, 0302.79.99, 0302.89.99, 0302.99.99, 0303.69.99, 0303.89.99, 0303.99.99, 0304.39.99, 0304.47.01, 0304.49.99, 0304.59.99, 0304.69.99, 0304.79.99, 0304.88.01, 0304.89.99, 0305.39.99, 0305.79.99, 0604.90.99, 0712.20.01, 0713.10.99, 0801.19.99, 0802.42.01, 0802.52.01, 0802.62.01, 0805.10.01, 0805.40.01, 0901.21.01, 0901.22.01, 1203.00.01, 2530.90.99, 2935.90.99, 2937.22.99, 3004.90.99, 3101.00.01, el Acuerdo entrará en vigor el 18 de enero de 2021. 

En este sentido, a partir del día de hoy se hace obligatorio o el cumplimiento o la declaración de exención de identificadores correspondientes (XP), sin embargo, es importante señalar que derivado de estos ajustes el validador está marcando errores que requieren levantamiento de reportes en mesa de ayuda o bien, procesos de justificación, toda vez que los pedimentos son correctos y el validador está generando un error improcedente.

 

Ph: 867 890 0093